sábado, 29 de septiembre de 2012

Los Derechos Humanos

Durante el último tercio del siglo XIX, paulatinamente se fueron reconociendo algunos derechos sociales favorables a la población trabajadora; por ejemplo, el establecimiento del derecho al descanso dominical (Suiza, 1877), la legalización de los sindicatos (Francia, 1884), etc. Pero, después de la Primera Guerra Mundial, con el surgimiento de los regímenes políticos de carácter totalitario e imperialistas (fascismo, nacionalsocialismo, comunismo), los problemas sociales se volvieron más complejos hasta desembocar en la terrible conflagración de la Segunda Guerra Mundial. Tras ésta, las potencias vencedoras, con el ánimo de llevar a cabo una actividad de concordia y paz entre los distintos Estados y de mantener la vigencia de los principios democráticos de pluralidad y tolerancia, fundaron la ONU.
En este contexto, el 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de dicha organización aprobó la Declaración Universal de los Derechos Humanos. En esta declaración se defiende la igualdad de todos los seres humanos, las garantías legales de los ciudadanos, la libertad de asociación, reunión y circulación, y la libertad de pensamiento en todas sus manifestaciones, así como las preocupaciones por la realización de una justicia social integral, la igualdad de oportunidades, seguridad social, etc.

La vigencia de los derechos humanos
Los derechos expresados en la Declaración de los Derechos Humanos, aunque gozan de una vigencia formal (teórica) universal, carecen, en sí, de valor jurídico, es decir, no pueden ser considerados como leyes positivas de los diversos Estados. Falta, pues, dar el paso definitivo, a saber, incorporarlos a los códigos legales vigentes en cada una de las naciones. Éste es el objetivo que intentan alcanzar diversos convenios y pactos internacionales, entre los que caben destacar el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, aprobados en 1966.

Los Derechos Humanos como exigencias inmediatas
Los Derechos Humanos, por encontrarse fundamentados en la inalienable dignidad de las personas humanas, poseen un valor universal que implica los aspectos siguientes.
 a)  Ningún ser humano puede verse privado de ellos.
 b)  Deben constituir el marco dentro del cual se han de organizar la vida política, social, económica y cultural de los Estados.
 c)  Deben servir de código básico y fundamental de la organización jurídica de todas las naciones y del Derecho Internacional.
De esta manera, los Derechos Humanos intentan poner de manifiesto el valor supremo de las personas o, expresado de otro modo, los Derechos Humanos constituyen un conjunto de propiedades y prerrogativas (un conjunto de derechos) de los individuos que el Estado no puede invadir y que las leyes deben garantizar, a saber, la inviolabilidad del domicilio, el hecho de no poder ser detenido arbitrariamente, el derecho a la libre circulación, a la libertad de pensamiento, de expresión, opinión y creencias, a la protección de la ley y otros de sentido análogo.
La violación de los derechos humanos se hace cada vez de forma
más compleja: los conflictos étnicos o religiosos, el hambre, la guerra
o la represión, han provocado movimientos multitudinarios de refugiados.
En cuanto a estos principios, los Derechos Humanos constituyen exigencias inmediatas, que deben ser no sólo respetadas, sino también garantizadas por todos los Estados; es más, desde este punto de vista, todo Estado en el que no se encuentren garantizados estos derechos es injusto.

Los Derechos Humanos como ideales programáticos
Existen numerosos derechos, que, aceptados en el plano formal (teórico), presentan dificultades de diversa índole (técnicas, económicas) en el plano fáctico (de los hechos); pensemos, por ejemplo, en el derecho al trabajo, a una vivienda digna, a una remuneración satisfactoria que asegure al trabajador, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana; estos derechos resultan de difícil concreción; por ejemplo, una remuneración de 3 € puede ser muy satisfactoria en Uganda, y en cambio indigna en Suiza.
Pero, por otra parte, ni siquiera los países más ricos son capaces de lograr un cumplimiento mínimamente aceptable de estos derechos y, así, en las sociedades del Norte, numerosas personas son pobres, carecen de vivienda o viven en chabolas, y en cuanto al trabajo, gran cantidad de individuos se sienten incapaces de encontrar un empleo. Si estos derechos no se satisfacen (no se cumplen) en las naciones prósperas, ¿cómo exigírselos a los Estados pobres?
De esta manera, tanto por su difícil precisión como por la incapacidad de los Estados para darles solución, estos derechos deben constituir ideales programáticos, es decir, los Estados tienen que sentirse permanentemente comprometidos con ellos y dispuestos a realizar los esfuerzos necesarios para su solución. En este sentido, el conjunto de los Derechos Humanos ha de constituir un camino hacia un ideal siempre revisable y mejorable, de tal modo que, aunque algún día desapareciera el hambre, la pobreza, las guerras y la incultura de todas las sociedades humanas, deberían mantenerse los Derechos Humanos como ideal de justicia universal y constituir siempre el auténtico programa, la auténtica meta, de la humanidad.


En nuestro tiempo, los Derechos Humanos, en cuanto código mínimo de una ética universalmente aceptada, están actuando como criterio definitivo de legitimación, como una especie de signo último de contraste, de frontera inequívoca, entre la democracia y el totalitarismo. Esta eficacia conformadora de los juicios y de las actitudes, que los Derechos Humanos proyectan no sólo sobre el entramado de las relaciones sociales ordinarias, sino también sobre el siempre lejano horizonte de las relaciones internacionales, es lo que explica que el fenómeno de los Derechos Humanos se haya convertido en el gran fenómeno cultural del siglo XX. Nunca hasta ahora se había hablado tanto de los Derechos Humanos, nunca habían sido tan invocados, nunca la violación de estos derechos había suscitado protestas tan amplias y tan intensas... Y es que nunca hasta ahora se había logrado una toma de conciencia tan aguda del problema.
Castro Cid, B. de: El reconocimiento de los Derechos Humanos, Tecnos, Madrid, 1982.

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