En 1945, la humanidad salía de la Segunda Guerra Mundial. Los Estados consideraron imprescindible sentar las bases jurídicas e institucionales que imposibilitaran una repetición de la guerra. Con el propósito de que "nunca más" se repitieran los horrores, se emprendió la tarea de redactar una nueva Declaración de Derechos Humanos, continuadora de la de 1789. Cuando sus redactores llegaron a un consenso, éste se llamó Declaración Universal de los Derechos Humanos, siendo adoptado y proclamado por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
2. La aplicación de los derechos
El desarrollo y aplicación de los derechos ha sido un proceso lento y complejo. El consenso al que llegaron los representantes de los Estados no fue el consenso de los ciudadanos, por eso la realización práctica de la Declaración es una tarea pendiente. Esta tarea se viene desarrollando en cuatro frentes:
1.) El frente de la positivación: los derechos se han incorporado progresivamente a las Constituciones y legislaciones de los países firmantes de la Declaración. La Declaración tiene un valor ético como código moral universal, un valor político como principio de legitimación del derecho y un valor jurídico como fuente de las legislaciones nacionales e internacionales.
2.) El frente de la generalización: no todos los derechos se han aplicado simultáneamente, su aplicación y extensión ha sido progresiva.
3.) El frente de la especificación: a medida que se han aplicado se han ido determinando sus titulares. Por ejemplo, según los rasgos estables de la persona se concretan derechos de la infancia, de los minusválidos, de los consumidores, de los pacientes, etc.
4.) El frente de la internacionalización: no sólo se instauran en el ámbito internacional una serie de instituciones internacionales encargadas de su protección (como el Tribunal Internacional de La Haya), sino también como una exigencia de la justicia global.
3. Modelos de justificación filosófica
En la Declaración aparecen tres formas diferentes de justificar y explicar los derechos que se anuncian. Como responden a perspectivas históricas e ideológicas diferentes, se trata de tres modelos de justificación filosófica que son los siguientes:
4. Historia. Evolución y contenidos de la Declaración
En 1776, la declaración de independencia america sentó las bases de las declaraciones posteriores. En esta declaración se parte de un principio básico: todas las personas han sido creadas iguales y por tanto son iguales ante las leyes. Años después, en 1789, durante la Revolución Francesa, se proclaman solemnemente los derechos del hombre y del ciudadano que son una nueva versión del acta americana de independencia. En 1948, en el seno de las Naciones Unidas se hace pública el acta de Declaración Universal de los Derechos Humanos. En ella se parte de las declaraciones anteriores.
Declaración de Virginia (1776)
Todos los hombres son por naturaleza igualmente libres e independientes y tienen ciertos derechos innatos, de los que, cuando entran en estado de sociedad, no pueden privar o desposer a su descendencia por ningún pacto, a saber: el goce de la vida y la libertad, con los medios de adquirir y poseer la propiedad y de buscar y obtener la felicidad y la seguridad.
Declaración de París (1789)
Artículo 1.- Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Las distinciones sociales sólo pueden fundarse en la utilidad común.
Declaración Universal de la ONU (1948)
Artículo 1.- Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Esta obra de Auguste François Biard representa la abolición de la esclavitud en Francia |
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