Cada ser humano es como los demás seres humanos, como algunos otros seres humanos y como ningún ser humano.
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viernes, 8 de diciembre de 2017

Éticas dialógicas y de la justicia

1. Las éticas dialógicas o de la comunicación
A raíz de los desastres ocasionados por la Segunda Guerra Mundial y el impacto derivado del holocausto judío causado por los nazis, surgieron nuevas éticas basadas en el diálogo y la comunicación. Entre éstas cabe destacar la del filósofo alemán Jürgen Habermas (1929).
Habermas plantea una ética del deber en la que, a diferencia de la de Kant, la universalidad se logra por medio del diálogo.
Así, una norma adquiere validez universal cuando:
  • Su elaboración se ha conseguido mediante este procedimiento, basado en la comunicación.
  • Podría ser aprobada por todos los afectados en caso de que éstos participaran en el diálogo.
Con la incorporación de la comunicación a la ética, hablante y oyente comparten nociones morales y establecen por consenso las bases de un comportamiento justo y correcto.
Habermas plantea algunas reglas que debería cumplir el diálogo ético:
  • Puede participar en él cualquier sujeto capaz de lenguaje y acción.
  • Cualquiera puede problematizar la afirmación que le parezca problematizable.
  • Cualquiera puede introducir la afirmación que considere oportuna.
  • Cualquiera puede expresar sus posiciones, deseos y necesidades.
  • No puede impedirse a ningún hablante hacer valer sus derechos, establecidos en las reglas anteriores, mediante coacción interna o externa al discurso.
A partir de este planteamiento, algunos filósofos, como el español Javier Muguerza (1936), proponen que, para avanzar hacia una sociedad cada vez mejor y más justa, es necesario mostrar la disconformidad con la situación actual. Es precisamente el disenso y no el consenso lo que permite el progreso moral social.

La lucha por el derecho
Lejos de poder fiarlo todo a las instituciones -incluidas las instituciones de la democracia liberal-, los individuos y los grupos de individuos han tenido que enfrentarse a ellas en demasiadas ocasiones, haciendo suyo el ideal de la lucha por el derecho: "Solamente luchando alcanzarás tu derecho".
Javier Muguerza, Razonabilidad,
en P. Cerezo, Democracia y virtudes cívicas

2. La ética de la justica de John Rawls
El filósofo norteamericano John Rawls (1921-2002) publicó en 1971 su Teoría de la justicia. En esta obra plantea que un comportamiento es moralmente aceptable cuando respeta ciertos valores llamados principios de justicia.
Estos principios, válidos para toda la humanidad sea cual sea el lugar o el tiempo, serían el resultado de un pacto entre un grupo de individuos que lo ignoran todo de sí mismos, incluida la posición social que ocuparán, para evitar la parcialidad de la búsqueda de los propios intereses.
Los principios de justicia que regirán la vida social están recogidos en un hipotético contrato y son dos:
  • El principio de la máxima libertad compatible.
  • El principio de justicia social. Éste admite ciertas desigualdades con tal de que se respete la igualdad de oportunidades y se promueva un mayor beneficio para los menos aventajados. 

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