Cada ser humano es como los demás seres humanos, como algunos otros seres humanos y como ningún ser humano.
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domingo, 29 de abril de 2018

España, una democracia

Firma de la Constitución por el rey Juan Carlos I
1. La Constitución española de 1978
El texto que recoge nuestra Constitución fue elaborado por una comisión de siete diputados electos y, posteriormente, debatido en las Cortes. Una vez que el texto fue sometido a referéndum y aprobado, la Constitución se promulgó el 29 de diciembre de 1978.
 La Constitución es la ley más importante: de ella deriva el ordenamiento jurídico que organiza nuestra convivencia.
Incluye los valores superiores que deben orientar nuestra convivencia (libertad, justicia, igualdad y pluralismo político), así como información sobre los siguientes aspectos:

Régimen político:
  • España es un Estado social y democrático de derecho.
  • La soberanía nacional reside en el pueblo español.
  • La forma de Estado es la monarquía parlamentaria.
  • Se configura como un Estado descentralizado compuesto por 17 comunidades autónomas y 2 ciudades autónomas.
Derechos y deberes de los españoles:
  • Entre los derechos que recoge destacan: el derecho a la vida y a la integridad física y moral; a la libertad ideológica, religiosa y de culto; a la libre elección de residencia y de circulación; el derecho a la seguridad personal, al honor y a la intimidad; el derecho de libre expresión, de huelga, de reunión y de asociación; el derecho a la educación y a tener una vivienda digna, etc.
  • Entre los deberes cabe citar el pago el impuestos y la conservación del medio ambiente.
2. Principales instituciones democráticas del Estado español
  • Jefatura del Estado (Corona): La jefatura del estado la ostenta, al que se considera el símbolo de la unidad y permanencia de España. Entre otras funciones, le corresponde sancionar y promulgar leyes, convocar y disolver las Cortes Generales y convocar a referéndum en los casos previstos por la Constitución.
  • Cortes Generales: Órgano constitucional del Estado español constituida por dos cámaras: el Senado y el Congreso de los Diputados. También se denomina Parlamento.
  • Presidencia del Gobierno: Persona elegida por las Cortes Generales tras las elecciones, que ejerce la función ejecutiva de acuerdo con la Constitución y con las leyes. Dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado.
  • Senado: Cámara parlamentaria que ejerce una función legislativa, pero también de integración territorial y de control e impulso político.
  • Congreso de los Diputados: Cámara parlamentaria que ejerce una función legislativa, pero también de control de la acción del gobierno a lo largo de toda su ejecutoria.
  • Consejo General del Poder Judicial: Órgano del gobierno del Poder Judicial de España que vela por la independencia de los jueces y magistrados frente a los demás poderes del Estado.
  • Tribunal Constitucional: Órgano del Poder Judicial que controla la constitucionalidad de las normas con rango de ley, así como de los tratados internacionales. También dirime toda clase de conflictos constitucionales.
  • Defensor del Pueblo: Personalidad elegida por el Gobierno cuya principal función es velar por la protección y defensa de los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos.        

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