Cada ser humano es como los demás seres humanos, como algunos otros seres humanos y como ningún ser humano.
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miércoles, 3 de octubre de 2018

Ciudadanía y ética

1. Las virtudes ciudadanas
La ética nos ayuda a reflexionar acerca de cuáles son esas cualidades y valores que conviene desarrollar para lograr un comportamiento adecuado como ciudadanos. Estas cualidades y valores para orientar nuestra vida en comunidad son las virtudes ciudadanas. Hay dos tipos de virtudes ciudadanas:
  • Privadas. Son aquellas que debe tener el ciudadano individual. Son ejemplos la libertad, la tolerancia, la responsabilidad y la autonomía.
  • Públicas. Son las que deben poseer las instituciones sociales y la sociedad en su conjunto. En las sociedades democráticas, la justicia es la principal virtud.
Como ciudadanos miembros de una sociedad democrática deberíamos adoptar una actitud ética.
La actitud ética consiste en desarrollar las virtudes privadas, es decir, adoptar un adecuado comportamiento individual, y compatibilizarlo con el desarrollo de las virtudes públicas, es decir, con la búsqueda de la justicia.
El ciudadano debe modificar y vencer los obstáculos que impiden el logro de la justicia social mediante el ejercicio de la solidaridad y la búsqueda de la verdad. Ningún individuo ni institución social debe utilizar la mentira y el engaño para sus propósitos o intereses particulares, y todos deben orientarse bajo el principio de compensación de las desigualdades, favoreciendo y beneficiando a los más necesitados de la sociedad.

La justicia como virtud pública
La justicia es la primera virtud de las instituciones sociales, del mismo modo que la verdad lo es de los sistemas de pensamiento. Las leyes y las instituciones, sin importar lo bien hechas y eficientes que sean, deben ser reformadas si son injustas. Cada persona posee una inviolabilidad fundada en la justicia que incluso el bienestar de una sociedad en su conjunto no puede pasar por alto. Por esta razón, la justicia no admite que la pérdida de libertad de unos sea un mayor bien para otros. No permite que los sacrificios impuestos para unos pocos sean compensados por una cantidad mayor de ventajas para la mayoría. Por tanto, en una sociedad justa las libertades de ciudadanos iguales se toman como sigue: los derechos garantizados por la justicia no están sujetos a ninguna negociación política ni cálculo de intereses sociales.
John Rawls, Teoría de la justicia 

John Rawls 1921 - 2002
2. Los valores cívicos
En las sociedades plurales actuales conviven ciudadanos con diversas sensibilidades culturales, ideas políticas y creencias religiosas con distintos códigos morales.
Los valores cívicos son los valores mínimos compartidos por todos, independientemente de nuestras ideas políticas o creencias religiosas. Es la moral mínima que necesitamos para desarrollar una convivencia pacífica.

Ética de la convicción y ética de la responsabilidad
Toda acción éticamente orientada se ajusta a dos máximas fundamentalmente distintas entre sí e irremediablmente opuestas: puede orientarse conforme a la "ética de la convicción" o conforme a la "ética de la responsabilidad". No es que la ética de la convicción sea idéntica a la falta de responsabilidad, o la ética de la responsabilidad, a la falta de convicción. Pero sí hay una diferencia abismal entre obrar según la máxima de una ética de la convicción, tal como la que ordena una religión, por ejemplo "el cristiano obra bien y deja el resultado en manos de Dios", o según una máxima de la ética de la responsabilidad, que supone tener en cuenta las consecuencias previsibles de la propia acción.
Max Weber, El político y el científico

sábado, 13 de enero de 2018

La ley y el respeto a los derechos

1. La ley como garantía de los derechos
Todos estamos obligados por las leyes y, a la vez, las leyes nos permiten vivir en sociedad con unas ciertas garantías de justicia, libertad e igualdad.
Las leyes determinan el comportamiento lícito, conveniente o adecuado, en cualquier ámbito, organizan nuestra vida en sociedad y hacen posible la convivencia democrática.
En todo Estado constitucional, la ley se apoya sobre dos principios:
  • El principio de legalidad. La ley es debatida, aprobada y promulgada por los órganos constitucionalmente competentes.
  • El principio de legitimidad. La ley cuenta con la aprobación voluntaria de todos los afectados por la misma y no contiene una injusticia manifiesta o aspectos abusivos.
Así, la ley responde a la aspiración de justicia que está presente en todo ordenamiento jurídico, y ha de ser reconocida y aceptada por todos los ciudadanos.

2. Desobediencia civil y objeción de conciencia
La desobediencia civil es un acto público no violento, consciente y político, contrario a la ley, cometido con el propósito de ocasionar un cambio en la ley o en los programas de gobierno.
Para el filósofo norteamericano J. Rawls sólo está justificado desobedecer la ley si se cumplen tres condiciones:
  • Las posibilidades de acción legal se han agotado.
  • La protesta se dirige contra un caso concreto de injusticia manifiesta.
  • Las actividades de desobediencia no ponen en peligo el orden constitucional.
La objeción de conciencia es la desobediencia en la ley cuando su cumplimiento implica ir contra principios morales básicos de la conciencia individual de alguna persona. El ordenamiento jurídico español admite la objeción de conciencia en los casos en que la ley lo haya previsto, como por ejemplo, en la práctica del aborto por parte del personal médico de la Seguridad Social y, hasta 1998, la sustitución del servicio militar obligatorio por servicios sociales.

Tipos de autoridad
Existen tres tipos de justificaciones internas, de fundamentos de la legitimidad de una dominación:
  • La legitimidad de la costumbre: Es la legitimidad "tradicional", como la que ejercían los patriarcas y los príncipes.
  • La autoridad de la gracia personal (carisma), del heroísmo y de otras cualidades de caudillo que un individuo posee. Esta autoridad "carismática" la detentaron los profetas y, en el terreno político, los jefes guerreros elegidos, los grandes demagogos y, en la actualidad, los jefes de los partidos políticos.
  • La legitimidad basada en la "legalidad", en la creencia en la validez de preceptos legales y en la competencia objetiva fundada sobre normas racionalmente creadas, una dominación como la que ejercen el moderno "servidor del Estado" y todos aquellos titulares del poder que se asemejan a él.
Max Weber, El político y el científico
 
3. Un caso de rebeldía contra la ley
Rosa Parks (1913 - 2005)
Rosa Parks, fallecida a los 92 años, encendió la mecha de la lucha por los derechos civiles en EEUU en la década de los cincuenta del siglo XX, cuando se negó a ceder su asiento a un pasajero blanco en un autobús en Montgomery (Alabama) y desafió, así, las leyes de segregación promulgadas después de la guerra civil estadounidense (1861-1865).
Esas leyes limitaban los lugares y servicios que podían usar los negros, y por ese hecho Parks fue detenida, enviada a la cárcel y multada con 14 dólares.

sábado, 14 de enero de 2017

La legitimidad del poder político

1. Poder político: coacción y legitimidad
El poder político, a diferencia de otras formas de poder como el físico, el militar o el religioso, tiene dos características constitutivas: coacción y legitimidad. El poder político es un poder coactivo, porque es una capacidad que tienen los gobernantes para coaccionar a los gobernados mediante el uso de la fuerza. Por eso el poder político no es sólo una potestad o capacidad "para hacer", sino una capacidad "para que las cosas se hagan", para ordenar y utilizar la fuerza.
Ahora bien, la coacción, el mando y el uso de la fuerza no garantizan una sociedad política unida y cohesionada. Esto se consigue cuando los miembros de esa sociedad se sienten obligados mutuamente, no por el uso de la fuerza, sino por el reconocimiento de un proyecto común. Este proyecto no puede ser arbitrario ni privar de libertad a los ciudadanos; por eso debe ser racional y asegurar la libertad de todos. La conformidad o acuerdo de gobernantes y gobernados con este proyecto recibe el nombre de legitimidad. 

2. Legitimidad de origen y legitimidad de ejercicio
La legitimidad del poder político tiene dos dimensiones:
- De origen. Cuando el acceso al poder se produce como resultado de la conformidad en un proyecto común.
- De ejercicio. Cuando el mantenimiento en el poder se realiza ateniéndose al proyecto común que se comparte.
Un ejemplo: Un gobierno puede acceder al poder gracias a una determinada Constitución y, después de tomar posesión, considerar que no tiene por qué someterse a ella, o incluso cambiarla. En este caso hay legitimidad de origen, pero no legitimidad de ejercicio. 

Max Weber 1864-1920
3. Formas de legitimidad política
La legitimidad no es instantánea o momentánea, sino que se trata de un proceso complejo en la historia de los pueblos. Este proceso por el que explicamos la legitimidad del poder político recibe el nombre de legitimación. Max Weber ha distinguido tres formas de explicar la legitimidad: 
  • Tradicional. Un poder político es legítimo cuando se explica o justifica acudiendo a la tradición. Se acude al "eterno ayer", a costumbres de una validez inmemorial. Una legitimidad que ejercían los patriarcas y los príncipes.
  • Carismática. La legitimidad está en las peculiaridades personales y extraordinarias que tiene un gobernante. La gracia personal (carisma), el heroísmo demostrado y su capacidad para el caudillaje son cualidades por las que se reconoce la legitimidad. Una legitimidad que detentaron los profetas, los jefes guerreros, los grandes demagogos y los jefes de los partidos políticos.
  • Legal. La legitimidad se encuentra en la validez de las leyes. Un poder es legítimo cuando se ejerce de acuerdo con la legalidad. Es la legitimidad de la legalidad, aquella que ejercen los "servidores del Estado" en la época moderna.
4. Necesidad de una ética para la política
Pocos meses después de la revolución rusa de 1917, en una famosa conferencia que impartió Max Weber a los estudiantes de la Universidad de Munich, el conferenciante describió la política como una actividad dinamizada por dos modelos de ética: ética de la convicción y ética de la responsabilidad.

¿Ética de la convicción o ética de la responsabilidad?
Toda acción éticamente orientada puede ajustarse a dos máximas fundamentalmente distintas entre sí e irremediablemente opuestas: puede orientarse conforme a la "ética de la convicción" o conforme a la "ética de la responsabilidad". No es que la ética de la convicción sea idéntica a la falta de responsabilidad o la ética de la responsabilidad a la falta de convicción. No se trata en absoluto de esto. Pero sí hay una diferencia abismal entre obrar según la máxima de una ética de la convicción, tal como la que ordena (religiosamente hablando) "el cristiano obra bien y deja el resultado en manos de Dios", o según una máxima de la ética de la responsabilidad, como la que ordena tener en cuenta las consecuencias previsibles de la propia acción.
Cuando las consecuencias de una acción realizada conforme a una ética de la convicción son malas, quien la ejecutó no se siente responsable de ellas, sino que responsabiliza al mundo, a la estupidez de los hombres o a la voluntad de Dios que los hizo así. Quien actúa conforme a la ética de la responsabilidad, por el contrario, toma en cuenta todos los defectos del hombre medio.
Ninguna ética del mundo puede eludir el hecho de que para conseguir fines "buenos" hay que contar en muchos casos con medios moralmente dudosos, o al menos peligrosos, y con la posibilidad e incluso la probabilidad de consecuencias laterales moralmente malas. Ninguna ética del mundo puede resolver tampoco cuándo y en qué medida quedan "santificados" por el fin moralmente bueno los medios y las consecuencias laterales moralmente peligrosas.
Quien opera conforme a una ética de la convicción no soporta la irracionalidad ética del mundo. Es cierto que la política se hace con la cabeza, pero no solamente con la cabeza.
Es infinitamente conmovedora la actitud de un hombre maduro, que siente realmente y con toda su alma la responsabilidad de las consecuencias y actúa conforme a una "ética de la responsabilidad", y que al llegar a un cierto momento dice: "No puedo hacer otra cosa, aquí me detengo".
Max Weber, El político y el científico (adaptado)